En acatamiento a una sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por mayoría de votos la posibilidad de que las personas trans que soliciten su Credencial para Votar, y no presenten su documento de identidad rectificado, cambien el identificador de sexo, “M” o “H”, acorde con su identidad de género.
Al implementarse estas medidas, el INE garantiza el derecho a la identidad y expresión de género de las personas, en virtud de que, como autoridad, está obligado a implementar mecanismos legales, sencillos y expeditos, que posibiliten registrar o cambiar componentes esenciales de la identidad en los registros públicos y en los documentos de identificación, como es el caso de la Credencial para Votar.
Esta opción para las personas trans no implica la modificación de los datos de información y control de la Credencial para Votar, tales como la clave de elector, la Clave Única del Registro de Población (CURP) y la zona de lectura mecánica, entre otras, mientras no se presente el documento de identidad debidamente actualizado, en el que se refleje la nueva condición de género, a fin de que haya concordancia entre los registros.
Durante el análisis de la propuesta, la mayoría de las Consejerías se manifestó en favor de la defensa y progresividad de los derechos de las personas trans, y se solicitó instruir a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores la elaboración de un estudio técnico para determinar si es posible incluir dos campos en la Credencial para Votar: “sexo biológico” y “sexo genérico”.
El voto en contra de la resolución fue del Consejero Uuc-kib Espadas, quien estableció que el INE no es una autoridad registral, atribución que le corresponde a las entidades federativas; aclaró que expedir así la Credencial para Votar hará que haya contradicciones entre el campo del sexo y la CURP, y expuso que ello propiciará que hombres tengan acceso ilegítimamente a programas exclusivos de las mujeres.